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Plataforma Digital de Seguridad Industrial

Finalidad
Gestión de la seguridad perimetral y control de acceso y/o presencia de instalaciones, generando alertas y permitiendo la obtención de estadisticas, en las instalaciones de;
• Oficinas centrales: C/ Velázquez, 132, 28006 Madrid
• Astillero de Cartagena: Ctra. Algameca, s/n, 30205 Cartagena (Murcia)
• Astillero de Ferrol: C/Taxonera, s/n 15403, Ferrol (A Coruña)
• Astillero de Fene: Avda. Pías-Cruceiro s/n 15550 Fene (A Coruña)
• Astillero Bahía de Cádiz: C/ Carretera Industrial, s/n 11007 (Cádiz)
• Astillero Puerto Real: Polígono Río San Pedro, s/n 11519, Puerto Real (Cádiz)
• Astillero San Fernando: Ctra. de la Carraca s/n 11100 San Fernando (Cádiz)
Entidad responsable
NAVANTIA S.A. S.M.E.
A84076397
C/Velázquez, 132 - 28006 MADRID (Madrid)
[email protected]
Base de licitud
Las bases de licitud del tratamiento son:
RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales.
- Ley 9/2014, de 31 de julio, de la seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos.
Artículo 6.1.c) del RGPD: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento:
Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de las infraestructuras críticas.
Real Decreto 3/2010 conforme a la Ley 40/2015
Real Decreto-ley 12/2018, de 7 de septiembre, de seguridad de las redes y sistemas de información.
Artículo 6.1.f) del RGPD: el tratamiento es necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento y Real Decreto 43/2021.
Plazos de conservación
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad, y especificamente las imagenes captadas por videovigilancia será un mes desde su captación, salvo cuando hubieran de ser conservados para acreditar la comisión de actos que atenten contra la integridad de personas, bienes o instalaciones.
Será de aplicación lo dispuesto en la normativo de archivos y documentación aplicable a Navantia.
Colectivos afectados
Personas empleadas y personas de terceras empresas /industria auxiliar, personal de proveedores, visitantes, VIAJEROS y otras personas relacionadas con proyectos desarrollados por Navantia en cada una de las instalaciones
Tipología de datos - Infracciones
No se tratan.
Tipología de datos - Categorías especiales
No se tratan.
Tipología de datos - Datos identificativos
Imagen
(*) NIE, Pasaporte o Nº Tarjeta de residencia.
Nombre y apellidos.
ID sistema
Dirección, teléfono.
En su caso, datos de la representación que ostenta.
Tipología de datos - Otros
Académicos y profesionales; Detalles del empleo
Posición y presencia ( personal y empleados de subcontratas)
Tiempo de estancia y ruta (trayectos de pasajeros)
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad aplicadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de protección de datos y seguridad de la información de Navantia.
Medidas de seguridad correspondientes con el Anexo A de la UNE-EN/IEC 27001 -Sistemas de Gestión de la Seguridad de la Información.
Medidas de seguridad
Así mismo, se adoptan medidas de seguridad sobre la documentación en soporte papel en función a los riesgos a los cuales están expuestos con el fin de garantizar la confidencialidad de los datos tratados.
Comunicaciones
-Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
-Autoridades de control
- Juzgados y Tribunales de Justicia.
-Organismos con competencia ( Consultados y Ministerio de Exteriores)
Transferencias internacionales
No están previstas.